lunes, 4 de julio de 2011

¿Que es la Otic?

Un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC) es una persona jurídica cuyo objetivo es otorgar apoyo técnico a las empresas adheridas, principalmente a través de la promoción, organización y supervisión de programas de capacitación y de asistencia técnica para el desarrollo de recursos humanos.
      
Los OTIC deben servir de nexo entre las empresas afiliadas y los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC). Los OTEC están facultados para impartir capacitación a través de acciones o cursos.

      
 Una OTIC la pueden constituir al menos 15 empresas, las que en su conjunto deben reunir 900 trabajadores permanentes, cuyas remuneraciones mensuales imponibles no sean inferiores a 10.000 UTM. También la pueden constituir un grupo de empresas, cualquiera sea su número, que cuenten con el patrocinio de una organización gremial de empleadores, empresarios o trabajadores independientes.

   
   Las empresas que se adhieran a los OTIC deben comprometerse a efectuar los aportes en dinero que se convengan, los que son considerados por la Ley Nº 19.518 como costos directos imputables a la franquicia tributaria. Tales aportes pueden acogerse al incentivo tributario por gastos de capacitación.

La Otic y Otec

Los OTEC o Organismos Técnicos de Capacitación son instituciones autorizadas por el Sence para impartir cursos de capacitación. La empresa puede contratar directamente a la OTEC o alguna universidad, instituto o centro de formación técnica que ofrezca servicios de capacitación.

El Sence posee un registro nacional con todas las OTEC que existen en el país, las que a partir de septiembre pasado deben cumplir con dos condiciones: estar certificadas y dedicarse exclusivamente al negocio de la capacitación.

Otra alternativa que tienen las empresas es adherirse a los OTIC o Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación, que organizan y supervisan los programas de capacitación destinados a empresas asociadas por sectores o regiones.

A diferencia de las OTEC, los OTIC no pueden ofrecer directamente servicios de capacitación, sólo les corresponde servir de nexo entre las empresas afiliadas y las OTEC.
Por ejemplo una OTIC, tras analizar las necesidades de la empresa, determina que se requiere capacitar a un grupo de trabajadores en alfabetización digital. La OTIC llama a una licitación y contrata a una OTEC.

La intermediación de una OTIC no es obligatoria, ya que la empresa tiene además la posibilidad de capacitar a sus trabajadores directamente con la OTEC o licitar para que concursen varias OTEC y luego contratar la más adecuada a sus requerimientos

¿Como se financia?

La Franquicia Tributaria para Capacitación permite financiar:
- Programas de capacitación para los trabajadores directos de las empresas asociadas.
- Programas de capacitación dirigidos a trabajadores de empresas relacionadas.
- Desarrollo y apoyo a proyectos sociales: regionales y/o comunitarios.

A través de nuestros programas de becas aprobados por SENCE, en los últimos cinco años hemos ayudado a capacitar a 10.000 personas cesantes, jóvenes que buscan trabajo por primera vez, trabajadores que buscan mejorar sus competencias laborales, mujeres jefas de hogar y a la formación de microempresarios y emprendedores.

 Esto se financia gracias a los aportes que efectúen las empresas adherentes al financiamiento de  acciones de capacitación para los trabajadores de las mismas, o bien para financiar acciones de capacitación de trabajadores de otras empresas aportantes. Asimismo, en caso que el OTIC no haga total uso de los aportes de las empresas durante el año calendario en que fueron efectuados, quedará facultado para utilizar dichos recursos durante el año siguiente, para financiar un programa anual de capacitación cuyo objeto será asegurar la ejecución de la totalidad de los recursos, o bien para destinarlos al financiamiento de programas de becas de capacitación orientados a trabajadores de menor calificación y remuneración que se desempeñen para empresas no afiliadas al OTIC, cesantes o personas que buscan trabajo por primera vez de escasos recursos, siempre y cuando las empresas autoricen esta última modalidad.